El Banco Central de Venezuela (BCV) fijó nuevos niveles para las tasas de interés mínimas que las instituciones bancarias deben pagar a sus depositantes a partir del 15 de septiembre de 2026.
En este sentido, se establece como una medida que busca fortalecer la efectividad de la política monetaria y estimular progresivamente el mantenimiento de saldos en bolívares por parte de personas naturales y jurídicas, destaca una nota de prensa del ente emisor.
Entre las disposiciones aprobadas se establece que la totalidad de los depósitos bancarios pasarán a ser remunerados, lo que incluye las cuentas corrientes. Para los depósitos a la vista se establece una tasa de interés mínima anual del 10 %.










