lunes, septiembre 16, 2024
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Cédula de identidad es el único requisito para ejercer el derecho al voto

El único requisito que las y los miembros de la Mesa Electoral requerirán al elector o la electora para ejercer el derecho al voto es su cédula de identidad aun cuando esté vencida, tal y como lo establece la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

En este sentido, el presidente del Poder Electoral, Dr. Elvis Amoroso, las rectoras y los rectores electorales, hacen un llamado a la población venezolana a no caer en la campaña desinformativa de los medios de comunicación y las redes sociales sobre los requisitos para ejercer el derecho al sufragio.

Asimismo, las autoridades electorales aseguraron que no existe un código de vestimenta para ingresar a los centros de votación, recomiendan a las electoras y los electores utilizar ropa del día a día. Es importante resaltar que el uso del tapabocas no es obligatorio.

En otro sentido, la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), en su artículo 121, establece que las Mesas Electorales funcionarán de seis de la mañana, hasta las seis de la tarde, del mismo día y se mantendrán abiertas mientras haya electores y electoras en espera por sufragar.

Fuente: CNE

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