El?Consejo Nacional Electoral (CNE)?present? los?instructivos?para la?Coordinaci?n del Acto de Votaci?n en Representaciones Diplom?ticas o Consulares, con el fin de?capacitar a los comisionados electorales?que organizan el acto de votaci?n en el exterior.
Los instructivos buscan?garantizar el ejercicio del voto libre, universal, directo y secreto?de los venezolanos inscritos en el?Registro Electoral, que posean residencia o cualquier otro r?gimen que implique permanencia legal fuera de Venezuela.
- Solo podr?n sufragar en el exterior electores mayores de dieciocho (18) a?os que posean residencia o cualquier otro r?gimen que denote legalidad de permanencia en ese pa?s, debidamente inscritos en el Registro Electoral y que aparezcan en el cuaderno de votaci?n.
- Los procesos electorales de ?mbito nacional, a llevarse a cabo fuera de las fronteras de la Rep?blica Bolivariana de Venezuela son determinados por la cantidad de electoras y electores inscritos en el Registro Electoral y que aparezcan en el cuaderno de votaci?n
- El ?nico documento v?lido para ejercer el derecho al voto es la c?dula de identidad laminada, a?n cuando est? vencida.
- El Acto de Votaci?n en el exterior se llevar? bajo la modalidad del Sistema Manual de Votaci?n.
- Ning?n integrante podr? impedir el derecho al voto de aquellas electoras o electores que aparezcan en el cuaderno de votaci?n.
- Ser?n sancionados los funcionarios electorales que reh?sen admitir la votaci?n de electores que tengan derecho a votar conforme a la ley.
- El proceso se desarrollar? de manera ininterrumpida desde las 6:00 de la ma?ana hasta las 6:00 de la tarde, hora local.
- La hora de cierre del Acto de Votaci?n es a las 6:00 de la tarde, hora local, salvo que hayan electoras o electores en la cola para votar.
Informaci?n: Globovisi?n
Foto: Archivo