Las empresas deber?n pagar hasta el 15 % de su n?mina integral (salarios m?s bonos) mensual?como contribuci?n al sistema de pensiones, de acuerdo con el proyecto de Ley Especial de Protecci?n de Pensiones.
Seg?n lo que ha trascendido del proyecto,?en ning?n caso la base de c?lculo del ingreso por trabajador debe ser inferior al salario integral indexado de 130 d?lares mensuales.
Adem?s, la contribuci?n?ser? pagada por cualquier empresa que tenga actividad econ?mica en Venezuela, independientemente de si su domicilio fiscal se encuentra o no en el pa?s.
Por otra parte, en el proyecto de Ley se?delega en el Presidente o Presidenta de la Rep?blica la atribuci?n de ajustar anualmente el porcentaje de contribuci?n, el cual puede ser discriminado por tipo o clase de actividad econ?mica.
La definici?n de la contribuci?n establece como m?ximo un 15 % de la n?mina integral, lo que sugiere que queda un margen de acuerdo para que los empresarios puedan negociar con las autoridades una tasa m?s manejable, si fuera el caso.
Adem?s, el art?culo 8 del proyecto prev? que?el presidente de la Rep?blica podr? exonerar a empresas de esta contribuci?n, mediante decreto, si forman parte de ?determinadas categor?as de sujetos pasivos especiales y sectores estrat?gicos para la inversi?n extranjera y el desarrollo nacional. El decreto que declare la exoneraci?n deber? regular los t?rminos y condiciones de la misma?.
Igualmente queda claro que el pago de la contribuci?n ser? mensual,?deducible ?del gasto para el c?lculo del Impuesto sobre la Renta??y, adem?s, ser? ?distinta e independiente? de los pagos regulares al?Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).















