Las empresas deberán pagar hasta el 15 % de su nómina integral (salarios más bonos) mensual como contribución al sistema de pensiones, de acuerdo con el proyecto de Ley Especial de Protección de Pensiones.
Según lo que ha trascendido del proyecto, en ningún caso la base de cálculo del ingreso por trabajador debe ser inferior al salario integral indexado de 130 dólares mensuales.
Además, la contribución será pagada por cualquier empresa que tenga actividad económica en Venezuela, independientemente de si su domicilio fiscal se encuentra o no en el país.
Por otra parte, en el proyecto de Ley se delega en el Presidente o Presidenta de la República la atribución de ajustar anualmente el porcentaje de contribución, el cual puede ser discriminado por tipo o clase de actividad económica.
La definición de la contribución establece como máximo un 15 % de la nómina integral, lo que sugiere que queda un margen de acuerdo para que los empresarios puedan negociar con las autoridades una tasa más manejable, si fuera el caso.
Además, el artículo 8 del proyecto prevé que el presidente de la República podrá exonerar a empresas de esta contribución, mediante decreto, si forman parte de «determinadas categorías de sujetos pasivos especiales y sectores estratégicos para la inversión extranjera y el desarrollo nacional. El decreto que declare la exoneración deberá regular los términos y condiciones de la misma».
Igualmente queda claro que el pago de la contribución será mensual, deducible «del gasto para el cálculo del Impuesto sobre la Renta» y, además, será «distinta e independiente» de los pagos regulares al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).