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Corte Constitucional prohibi? el matrimonio infantil en Colombia

Este jueves, 6 de febrero, la?Corte Constitucional tumb? el?matrimonio infantil en Colombia?y estableci? que?la edad m?nima para casarse en el pa?s es de 18 a?os.

En concreto, el tribunal?declar? inexequibles dos art?culos del C?digo Civil -art?culos 117 y 124- al considerar que son contrarios a la Constituci?n. El primero de ellos mencionaba que «los menores de la edad expresada no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito, de sus padres leg?timos o naturales».
El art?culo 124, por su parte, indicaba: «El que no habiendo cumplido la edad, se casare sin el consentimiento de un ascendiente, estando obligado a obtenerlo, podr? ser desheredado no s?lo por aquel o aquellos cuyo consentimiento».
Seg?n el fallo de la Corte,?«el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre o con personas menores de 18 a?os resultan contrarios a la Constituci?n».
Las uniones entre o con menores de 18 a?os, se?al? la Corte, tambi?n son contrarias a lo dispuesto en el art?culo 16.2 de la Convenci?n Contra la Discriminaci?n Contra la Mujer, que proh?be el matrimonio de ni?os y ni?as.
El tribunal tambi?n indic? que?»las uniones tempranas constituyen una pr?ctica nociva para los ni?os y ni?as,?que se sustentan en paradigmas culturales y estereotipos de g?nero que deben ser superados».

Corte Constitucional ordena dise?ar pol?ticas para erradicar matrimonio infantil

En su fallo,?la Corte Constitucional declar? que no es suficiente declarar las normas como inconstitucionales,?por lo que exhort? a las autoridades a dise?ar pol?ticas dirigidas a erradicar el matrimonio infantil. En concreto, solicit?:
  • Que se brinde a las ni?as y adolescentes alternativas pedag?gicas para formarse un juicio ilustrado y poder decidir de manera libre y aut?noma.
  • Herramientas para fortalecer los derechos de ni?as y adolescentes y su participaci?n activa en la sociedad, la econom?a y el deporte. Esto tambi?n ayudar? a superar los estereotipos y supuestos en que se fundamenta la aceptaci?n social del matrimonio infantil.
La Corte tambi?n orden? a la Defensor?a del Pueblo que?realice un an?lisis de las zonas del pa?s en donde se presenta mayor incidencia del matrimonio infantil?y uniones tempranas.
En dichas zonas, la Defensor?a deber? poner en marcha campa?as pedag?gicas para difundir la decisi?n y para?«promover los derechos de las ni?as y las adolescentes, involucrando principalmente a comunidades campesinas,?comunidades ?tnicas, as? como a la comunidad acad?mica (estudiantes, profesores y padres de familia en las escuelas)».
Informaci?n: El Tiempo
Foto: Referencial

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