El Gobierno colombiano sancion? la ley que permite el divorcio de forma unilateral con «la sola voluntad de cualquiera de los c?nyuges», inform? este jueves la Presidencia.
La iniciativa, aprobada en noviembre pasado por el Congreso, la firm? la ministra de Justicia, ?ngela Mar?a Buitrago y con ello se convierte en ley de la Rep?blica.
Cuando lo aprobaron, la representante a la C?mara Katherine Miranda, afirm? que se incluye una nueva causal de divorcio, que es «la libre voluntad de las partes, que es cuando una de las partes no quiere seguir con el matrimonio, se le acab? el amor».
Ahora, quien busque divorciarse, «no tiene que hacerlo por una causal de violencia intrafamiliar, de alcoholismo o cosas por el estilo, y tampoco tiene que demostrar dos a?os de no convivencia», explic? Miranda, ponente de la iniciativa.
La congresista de la Alianza Verde agreg?: «Simplemente desde el momento que una de las partes tenga la voluntad de separarse, se inicia un proceso ante un juez teniendo en cuenta que se van a mantener absolutamente todas las garant?as en t?rminos de repartici?n de bienes, de protecci?n al c?nyuge y tambi?n a los hijos».
Antes de la aprobaci?n del proyecto, para divorciarse en Colombia una persona ten?a que demostrar que hubo relaciones sexuales extramatrimoniales; incumplimiento de los deberes que tienen los c?nyuges; ultrajes y trato cruel; alcoholismo; drogadicci?n, y una enfermedad o anomal?a grave o incurable.
Tambi?n son causales de divorcio en Colombia «toda conducta de uno de los c?nyuges tendientes a corromper o pervertir al otro»; demostrar que llevan dos a?os sin vivir juntos y el consentimiento de las partes ante un juez de que quieren separarse, seg?n el equipo de Miranda.
Informaci?n: EFE
Foto: Referencial
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