La vicepresidenta Delcy Rodríguez confirmó que el presidente Nicolás Maduro suscribió un decreto de “estado de conmoción externa”, el cual se aplicaría en caso de que Estados Unidos emprenda acciones contra Venezuela.
Según explicó, esta medida se pondría en marcha únicamente si Estados Unidos llegara a emprender acciones de agresión contra la nación suramericana, teniendo en cuenta que Washington mantiene un despliegue militar en el mar Caribe cerca de la nación suramericana en una ofensiva contra el narcotráfico.
Se trata de un decreto faculta al Gobierno a actuar militarmente y restringir ciertas libertades en casos específicos, bajo el argumento de proteger la soberanía nacional frente a amenazas exteriores.
El estado de conmoción exterior es una medida de excepción contemplada en el artículo 338 de la Constitución venezolana, que puede ser decretada por el presidente cuando el país enfrenta amenazas externas que pongan en riesgo la seguridad nacional, de sus ciudadanos o de sus instituciones. Se trata de un mecanismo pensado para situaciones de conflicto o agresión militar provenientes del extranjero.
De acuerdo con la carta magna, esta medida extraordinaria permite al Ejecutivo dictar acciones especiales y temporales, entre ellas la restricción de algunos derechos constitucionales y la movilización de recursos militares y civiles para la defensa nacional. Sin embargo, ciertos derechos fundamentales, como la vida, el debido proceso o la prohibición de la tortura, permanecen intangibles incluso en estados de excepción.
Con información: Vanguardia
Foto: Cortesía
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