El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó que la información de WhatsApp (mensajes, las notas de voz, las fotografías o los videos) que se comparten a través de la aplicación pueden servir como evidencia en procesos judiciales.
«La información contenida en el mensaje de datos reproducida en un formato impreso (…) tiene el mismo valor probatorio que las copias o reproducciones fotostáticas simples; es decir, que su eficacia probatoria es similar a la dada por el legislador a los documentos privados simples, por lo que el mensaje de datos impreso tendrá la eficacia probatoria de las copias o reproducciones fotostáticas, y su contenido podrá ser desvirtuado a través de cualquier otro medio de prueba regulado de conformidad a lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil», establece el TSJ.
Esta decisión fue emitida por la Sala de Casación Civil en su sentencia N° 19 el 12 de febrero de este año, en la que se revisó la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del estado Monagas, con relación a un convenio para un crédito que dos personas suscribieron en 2020, y el cual pretendieron disfrazar como un acuerdo de compraventa de un inmueble.
El máximo juzgado determinó que la acción fue una «simulación» y ordenó su anulación, según se lee en la decisión redactada por la magistrada Carmen Eneida Alves.
Con información de: Alertas24
Foto: Referencial
Lea esto también: Fedeindustria y Corpoelec trataron temas de ahorro energético en Carabobo