La noche del pasado martes 3 de diciembre se difundió la Gaceta Oficial Extraordinaria n° 6.855, donde se publica la «Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones no Gubernamentales y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro».
Dicha Ley, que consta de 39 artículos, tres disposiciones transitorias y una derogatoria, la aprobó el pasado 15 de agosto la Asamblea Nacional y un mes más tarde la promulgó el presidente Nicolás Maduro, pero su publicación en Gaceta se oficializó el pasado 15 de noviembre.
Desde entonces, según consta en la misma normativa, empezaron a correr los tiempos para la creación de un registro nacional de oenegés y organizaciones sin fines de lucro, que estará a cargo del Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz manejado por Diosdado Cabello, uno de los principales impulsores de este instrumento.
La nueva regulación impone requisitos adicionales para el funcionamiento y creación de oenegés y otras entidades sin fines de lucro, cuyo incumplimiento queda sujeto a fuertes sanciones, incluso su disolución de oficio.
A las organizaciones, que deberán entregar anualmente sus libros y registros, además de informar periódicamente el financiamiento o donaciones que reciben, se les prohíbe «recibir aportes económicos destinados a organizaciones con fines políticos o realizar aportes» a los partidos; la «promoción del fascismo» o incitación al odio o «cualquier otro acto prohibido en el ordenamiento jurídico».
Información: Tal Cual Digital.
Foto: Agencias.
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