En Gaceta Oficial N? 43.171, de fecha 16 de julio de 2025, fue publicada la providencia mediante la cual se designan responsables del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en calidad de agentes de retenci?n,?a los sujetos pasivos distintos a personas naturales,?a los cuales?el Servicio Nacional Integrado de Administraci?n Aduanera y Tributaria (Seniat)?hubiere sido calificado y notificado como especiales.
Esto quiere decir que la instituci?n venezolana?agreg? como agentes de retenci?n del IVA a las personas naturales con firma personal.
Cabe resaltar que?la Providencia Administrativa N? SNAT/2025/000054 deroga la disposici?n SNAT/2015/0049?del ente encargado de la tributaci?n en el pa?s.
En la normativa est? prevista la obligaci?n de retenci?n del Impuesto al Valor Agregado?para las personas naturales calificadas como Sujetos Pasivos Especiales (SPE),?que se encuentran bajo la figura de firma personal.
Igualmente,?el monto a retener ser? el 75% del impuesto causado?y el gravamen retenido no pierde su car?cter de cr?dito fiscal para el agente de retenci?n, cuando estos califiquen como contribuyentes ordinarios del IVA, ?pudiendo ser deducido previo el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley que establece dicho impuesto?.

Con informaci?n de: ?ltimas Noticias
Foto: Cortes?a
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