El gobierno nacional orden? a un grupo de 13 instituciones p?blicas que entreguen?70% de los ingresos que perciban ?por concepto de contribuciones parafiscales, aportes, tarifas, comisiones, recargos y precios p?blicos al Servicio Desconcentrado «FONDO ESPECIAL CIUDAD HUMANA», como parte de la aplicaci?n del decreto que declar? el Estado de Emergencia Econ?mica en el pa?s.
El Fondo Especial Ciudad Humana tiene por objetivo canalizar recursos para proyectos de infraestructura y desarrollo comunitario en todo el pa?s, gestionado por la Corporaci?n Todo es Posible para desarrollar obras en localidades, de acuerdo con las necesidades reportadas por los organismos comunales.
Esta normativa aparece publicada en la Gaceta Oficial N? 6.917 Extraordinaria, fechada el mi?rcoles 25 de junio pasado, donde se dicta el ?Decreto en el Marco de la Emergencia Econ?mica para la Ejecuci?n Eficiente y Priorizada de las Contribuciones Parafiscales y Aportes Percibidos por la Administraci?n P?blica Nacional?.
Como se sabe, el Decreto de Estado de Emergencia Econ?mica aprobado por el gobierno nacional en abril pasado establece que?el Ejecutivo podr? concentrar en el Tesoro Nacional la recaudaci?n de las tasas y contribuciones especiales creadas por leyes?y redireccionar los recursos disponibles de todos los fondos existentes.
Con base en esta disposici?n, los siguientes organismos p?blicos:
- Comisi?n Nacional de Telecomunicaciones (Conatel),
- Fondo Nacional de Ciencia, Tecnolog?a e Innovaci?n (Fonacit)
- Fondo Nacional Antidrogas (FONA)
- Instituto Nacional de Deportes (IND)
- Instituto Nacional de Promoci?n y Capacitaci?n Tur?stica (Inatur)
- Agencia de Promoci?n de Exportaciones
- Fondo Negro Primero
- Instituto Nacional de Aeron?utica Civil (INAC)
- Instituto Nacional de Espacios Acu?ticos (INEA)
- Fondo Nacional de Bomberos y Bomberas y de Administraci?n de Emergencias de Car?cter Civil (FONBE)
- Centro Nacional Aut?nomo de Cinematograf?a (CNAC)
- Fondo de Promoci?n y Financiamiento del Cine (Fonprocine)
- Instituto Nacional de Aguas y Servicios Acu?ticos (INASA)
Estos organismos, est?n obligados a traspasar 70% de los ingresos que capten por sus actividades al Fondo Especial Ciudad Humana, de acuerdo con las normativas se?aladas en cada caso por el decreto.
En consecuencia, a partir de la fecha de vigencia de este decreto, estas instituciones solo manejar?n el 30% de los ingresos que perciban de sus operaciones.
El art?culo 6 del decreto aclara que ?lo dispuesto en este Decreto de manera alguna modifica los hechos imponibles, condiciones de sujeci?n, normativa sobre sujetos pasivos, normas y procedimientos de recaudaci?n y fiscalizaci?n, ni ninguna otra regulaci?n relativa a los tributos, su recaudaci?n, control o fiscalizaci?n?.
Con informaci?n de: Banca y Negocios
Foto: Cortes?a
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